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MariaCelia

Dioses

VENGANZA

Quiso vengarse, la humilde virtud del Otro le era insoportable, entonces urdió la patraña: no dijo que Dios tenía poderes limitados y que no podía evitar el mal y el dolor; hizo creer que todo lo podía, que era el único Creador y que todo el Universo era su obra.

Una mentira de dimensión universal, imposible, inaceptable, pueril. Hacer venerar la abyección, ésa fue su venganza.

El verdadero sacrilegio no fue el haber inventado la infame mentira, fue el de los otros: haberla creído.

María Celia

octubre/95

Deus Irae

(sacrilegios)

 
Era un conflicto entre Dios y una mortal.

 
A Dios le irritaba la terquedad de la mujer. Ella negaba las enseñanzas que había recibido. Calificó a Dios de vanidoso, ególatra e injusto, a sus ministros de mentirosos y serviles. Negó la existencia de ángeles y demonios, cielo e infierno, las experiencias de patriarcas y profetas, las visiones de los místicos, los milagros de los santos, las Sagradas Escrituras. Dudó de la vida después de la muerte y de la existencia del alma.

 

Un día ella murió. Dios puso en marcha el castigo. Modificó los hechos del Pasado. Tomó imagen a semejanza del Hombre. Puso un alma en  todas las personas, aún en las que ya habían muerto. Creó el cielo y el infierno.  Eliminó total y absolutamente. hasta de su propia memoria (el poder de Dios es infinito), a todo aquello que se oponía a la Verdad Suprema.

 

El alma de la mujer se desprendió del cuerpo y conoció la magnificencia del Reino Divino y la Gloria de Dios. Abrumada por la necedad en que había vivido aceptó sumisa su condena.

 

Dios existe!

 

María Celia Ibarra

11/3/99      

El contador de cuentos

Hubo uno que estaba solo, con la más grande soledad.

No tenía parientes, amigos ni conocidos.

Tampoco tenía animales, cosas, un lugar donde vivir, ni siquiera un ranchito.

Nada de árboles, mar, ríos, flores, cielo o estrellas.

Estaba en la oscuridad, en el silencio, en el vacío total.

Entonces comenzó a inventar cuentos.

-Hágase la luz -dijo.

María Celia Ibarra

2/12/98